{"id":1398,"date":"2020-12-24T05:44:30","date_gmt":"2020-12-24T05:44:30","guid":{"rendered":"http:\/\/twoglass.co\/?page_id=1398"},"modified":"2023-03-29T22:36:44","modified_gmt":"2023-03-29T22:36:44","slug":"politicas-de-proteccion-de-datos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/twoglass.co\/en\/politicas-de-proteccion-de-datos\/","title":{"rendered":"Pol\u00edticas de protecci\u00f3n de datos."},"content":{"rendered":"<div data-elementor-type=\"wp-page\" data-elementor-id=\"1398\" class=\"elementor elementor-1398\" data-elementor-post-type=\"page\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-510f765 elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"510f765\" data-element_type=\"section\" data-e-type=\"section\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-f6348cc\" data-id=\"f6348cc\" data-element_type=\"column\" data-e-type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-da64aaf elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"da64aaf\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<h1>DECRETO 1377 DE 2013<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>(Junio 27)<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley <\/strong><a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;0\">1581 <\/a><strong>de 2012.<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>En uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular las previstas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la Ley 1581 de 2012, y<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p>Que mediante la Ley 1581 de 2012 se expidi\u00f3 el R\u00e9gimen General de Protecci\u00f3n de Datos Personales, el cual, de conformidad con su art\u00edculo 1\u00b0, tiene por objeto <em>\u201c(&#8230;) desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los dem\u00e1s derechos, libertades y garant\u00edas constitucionales a que se refiere el art\u00edculo 15 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica; as\u00ed como el derecho a la informaci\u00f3n consagrado en el art\u00edculo 20 de la misma\u201d.<\/em><\/p><p><em>\u00a0<\/em><\/p><p>Que la Ley 1581 de 2012 constituye el marco general de la protecci\u00f3n de los datos personales en Colombia.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Que mediante sentencia C-748 del 6 de octubre de 2011 la Corte Constitucional declar\u00f3 exequible el Proyecto de ley Estatutaria n\u00famero 184 de 2010 Senado, 046 de 2010 C\u00e1mara.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Que con el fin de facilitar la implementaci\u00f3n y cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 se deben reglamentar aspectos relacionados con la autorizaci\u00f3n del Titular de informaci\u00f3n para el Tratamiento de sus datos personales, las pol\u00edticas de Tratamiento de los Responsables y Encargados, el ejercicio de los derechos de los Titulares de informaci\u00f3n, las transferencias de datos personales y la responsabilidad demostrada frente al Tratamiento de datos personales, este \u00faltimo tema referido a la rendici\u00f3n de cuentas.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Que en virtud de lo expuesto,<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>DECRETA: CAP\u00cdTULO I<\/h1><p><strong>Disposiciones Generales<\/strong><\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 1\u00b0. <em>Objeto<\/em><\/strong><em>. <\/em>El presente Decreto tiene como objeto reglamentar parcialmente la Ley <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;0\">1581 <\/a>de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protecci\u00f3n de datos personales.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 2\u00b0. <em>Tratamiento de datos en el \u00e1mbito personal o dom\u00e9stico. <\/em><\/strong>De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;2\">2<\/a>\u00b0 de la Ley 1581 de 2012, se except\u00faan de la aplicaci\u00f3n de dicha ley y del presente decreto, las bases de datos mantenidas en un \u00e1mbito exclusivamente personal o dom\u00e9stico. El \u00e1mbito personal o dom\u00e9stico comprende aquellas actividades que se inscriben en el marco de la vida privada o familiar de las personas naturales.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 3\u00b0. <em>Definiciones. <\/em><\/strong>Adem\u00e1s de las definiciones establecidas en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;3\">3<\/a>\u00b0 de la Ley 1581 de 2012, para los efectos del presente decreto se entender\u00e1 por:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li><strong>Aviso de privacidad: <\/strong>Comunicaci\u00f3n verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las pol\u00edticas de Tratamiento de informaci\u00f3n que le ser\u00e1n aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li><strong>Dato p\u00fablico: <\/strong>Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos p\u00fablicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesi\u00f3n u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor p\u00fablico. Por su naturaleza, los datos p\u00fablicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros p\u00fablicos, documentos p\u00fablicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no est\u00e9n sometidas a reserva.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li><strong>Datos sensibles: <\/strong>Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminaci\u00f3n, tales como aquellos que revelen el origen racial o \u00e9tnico, la orientaci\u00f3n pol\u00edtica, las convicciones religiosas o filos\u00f3ficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido pol\u00edtico o que garanticen los derechos y garant\u00edas de partidos pol\u00edticos de oposici\u00f3n, as\u00ed como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biom\u00e9tricos.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li><strong>Transferencia: <\/strong>La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y\/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, env\u00eda la informaci\u00f3n o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del pa\u00eds.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"5\"><li><strong>Transmisi\u00f3n: <\/strong>Tratamiento de datos personales que implica la comunicaci\u00f3n de los mismos dentro o fuera del territorio de la Rep\u00fablica de Colombia cuando tenga por objeto la realizaci\u00f3n de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><h1>CAP\u00cdTULO II<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Autorizaci\u00f3n<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Art\u00edculo 4\u00b0. <em>Recolecci\u00f3n de los datos personales. <\/em><\/strong>En desarrollo de los principios de finalidad y libertad, la recolecci\u00f3n de datos deber\u00e1 limitarse a aquellos datos personales que son pertinentes y adecuados para la finalidad para la cual son recolectados o requeridos conforme a la normatividad vigente. Salvo en los casos expresamente previstos en la ley, no se podr\u00e1n recolectar datos personales sin autorizaci\u00f3n del Titular<\/p><p>\u00a0<\/p><p>A solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio, los Responsables deber\u00e1n proveer una descripci\u00f3n de los procedimientos usados para la recolecci\u00f3n, almacenamiento, uso, circulaci\u00f3n y supresi\u00f3n de informaci\u00f3n, como tambi\u00e9n la descripci\u00f3n de las finalidades para las cuales la informaci\u00f3n es recolectada y una explicaci\u00f3n sobre la necesidad de recolectar los datos en cada caso.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>No se podr\u00e1n utilizar medios enga\u00f1osos o fraudulentos para recolectar y realizar Tratamiento de datos personales.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 5\u00b0. <em>Autorizaci\u00f3n<\/em><\/strong><em>. <\/em>El Responsable del Tratamiento deber\u00e1 adoptar procedimientos para solicitar, a m\u00e1s tardar en el momento de la recolecci\u00f3n de sus datos, la autorizaci\u00f3n del Titular para el Tratamiento de los mismos e informarle los datos personales que ser\u00e1n recolectados as\u00ed como todas las finalidades espec\u00edficas del Tratamiento para las cuales se obtiene el consentimiento.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Los datos personales que se encuentren en fuentes de acceso p\u00fablico, con independencia del medio por el cual se tenga acceso, entendi\u00e9ndose por tales aquellos datos o bases de datos que se encuentren a disposici\u00f3n del p\u00fablico, pueden ser tratados por cualquier persona siempre y cuando, por su naturaleza, sean datos p\u00fablicos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>En caso de haber cambios sustanciales en el contenido de las pol\u00edticas del Tratamiento a que se refiere el Cap\u00edtulo III de este decreto, referidos a la identificaci\u00f3n del Responsable y a la finalidad del Tratamiento de los datos personales, los cuales puedan afectar el contenido de la autorizaci\u00f3n, el Responsable del Tratamiento debe comunicar estos cambios al Titular antes de o a m\u00e1s tardar al momento de implementar las nuevas pol\u00edticas. Adem\u00e1s, deber\u00e1 obtener del Titular una nueva autorizaci\u00f3n cuando el cambio se refiera a la finalidad del Tratamiento.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 6\u00b0. <em>De la autorizaci\u00f3n para el Tratamiento de datos personales sensibles<\/em><\/strong><em>. <\/em>El Tratamiento de los datos sensibles a que se refiere el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;5\">5<\/a>\u00b0 de<\/p><p>\u00a0<\/p><p>la Ley 1581 de 2012 est\u00e1 prohibido, a excepci\u00f3n de los casos expresamente se\u00f1alados en el art\u00edculo 6\u00b0 de la citada ley.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>En el Tratamiento de datos personales sensibles, cuando dicho Tratamiento sea posible conforme a lo establecido en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;6\">6<\/a>\u00b0 de la Ley 1581 de 2012, deber\u00e1n cumplirse las siguientes obligaciones:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Informar al titular que por tratarse de datos sensibles no est\u00e1 obligado a autorizar su<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Informar al titular de forma expl\u00edcita y previa, adem\u00e1s de los requisitos generales de la autorizaci\u00f3n para la recolecci\u00f3n de cualquier tipo de dato personal, cu\u00e1les de los datos que ser\u00e1n objeto de Tratamiento son sensibles y la finalidad del Tratamiento, as\u00ed como obtener su consentimiento<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>Ninguna actividad podr\u00e1 condicionarse a que el Titular suministre datos personales sensibles.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 7\u00b0. <em>Modo de obtener la autorizaci\u00f3n. <\/em><\/strong>Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;9\">9<\/a>\u00b0 de la Ley 1581 de 2012, los Responsables del Tratamiento de datos personales establecer\u00e1n mecanismos para obtener la autorizaci\u00f3n de los titulares o de quien se encuentre legitimado de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 20 del presente decreto, que garanticen su consulta. Estos mecanismos podr\u00e1n ser predeterminados a trav\u00e9s de medios t\u00e9cnicos que faciliten al Titular su manifestaci\u00f3n automatizada. Se entender\u00e1 que la autorizaci\u00f3n cumple con estos requisitos cuando se manifieste (i) por escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequ\u00edvocas del titular que permitan concluir de forma razonable que otorg\u00f3 la autorizaci\u00f3n. En ning\u00fan caso el silencio podr\u00e1 asimilarse a una conducta inequ\u00edvoca.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 8\u00b0. <em>Prueba de la autorizaci\u00f3n. <\/em><\/strong>Los Responsables deber\u00e1n conservar prueba de la autorizaci\u00f3n otorgada por los Titulares de datos personales para el Tratamiento de los mismos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 9\u00b0. <em>Revocatoria de la autorizaci\u00f3n y\/o supresi\u00f3n del dato<\/em><\/strong><em>. <\/em>Los Titulares podr\u00e1n en todo momento solicitar al responsable o encargado la supresi\u00f3n de sus datos personales y\/o revocar la autorizaci\u00f3n otorgada para el Tratamiento de los mismos, mediante la presentaci\u00f3n de un reclamo, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;15\">15 <\/a>de la Ley 1581 de 2012.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>La solicitud de supresi\u00f3n de la informaci\u00f3n y la revocatoria de la autorizaci\u00f3n no proceder\u00e1n cuando el Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>El responsable y el encargado deben poner a disposici\u00f3n del Titular mecanismos gratuitos y de f\u00e1cil acceso para presentar la solicitud de supresi\u00f3n de datos o la revocatoria de la autorizaci\u00f3n otorgada.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Si vencido el t\u00e9rmino legal respectivo, el responsable y\/o el encargado, seg\u00fan fuera el caso, no hubieran eliminado los datos personales, el Titular tendr\u00e1 derecho a solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la revocatoria de la autorizaci\u00f3n y\/o la supresi\u00f3n de los datos personales. Para estos efectos se aplicar\u00e1 el procedimiento descrito en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;22\">22 <\/a>de la Ley 1581 de 2012.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 10. <em>Datos recolectados antes de la expedici\u00f3n del presente decreto. <\/em><\/strong>Para los datos recolectados antes de la expedici\u00f3n del presente decreto, se tendr\u00e1 en cuenta lo siguiente:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Los responsables deber\u00e1n solicitar la autorizaci\u00f3n de los titulares para continuar con el Tratamiento de sus datos personales del modo previsto en el art\u00edculo 7\u00b0 anterior, a trav\u00e9s de mecanismos eficientes de comunicaci\u00f3n, as\u00ed como poner en conocimiento de estos sus pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n y el modo de ejercer sus<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Para efectos de lo dispuesto en el numeral 1, se considerar\u00e1n como mecanismos eficientes de comunicaci\u00f3n aquellos que el responsable o encargado usan en el curso ordinario de su interacci\u00f3n con los Titulares registrados en sus bases de<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>Si los mecanismos citados en el numeral 1 imponen al responsable una carga desproporcionada o es imposible solicitar a cada Titular el consentimiento para el Tratamiento de sus datos personales y poner en su conocimiento las pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n y el modo de ejercer sus derechos, el Responsable podr\u00e1 implementar mecanismos alternos para los efectos dispuestos en el numeral 1, tales como diarios de amplia circulaci\u00f3n nacional, diarios locales o revistas, p\u00e1ginas de Internet del responsable, carteles informativos, entre otros, e informar al respecto a la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro de los cinco (5) d\u00edas siguientes a su implementaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>Con el fin de establecer cu\u00e1ndo existe una carga desproporcionada para el responsable se tendr\u00e1 en cuenta su capacidad econ\u00f3mica, el n\u00famero de titulares, la antig\u00fcedad de los datos, el \u00e1mbito territorial y sectorial de operaci\u00f3n del responsable y el mecanismo alterno do comunicaci\u00f3n a utilizar, de manera que el hecho de solicitar el consentimiento a cada uno de los Titulares implique un costo excesivo y que ello comprometa la estabilidad financiera del responsable, la realizaci\u00f3n de actividades propias de su negocio o la viabilidad de su presupuesto programado.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>A su vez, se considerar\u00e1 que existe una imposibilidad de solicitar a cada titular el consentimiento para el Tratamiento de sus datos personales y poner en su<\/p><p>\u00a0<\/p><p>conocimiento las pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n y el modo de ejercer sus derechos cuando el responsable no cuente con datos de contacto de los titulares, ya sea porque los mismos no obran en sus archivos, registros o bases de datos, o bien, porque estos se encuentran desactualizados, incorrectos, incompletos o inexactos.<\/p><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li>Si en el t\u00e9rmino de treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles, contado a partir de la implementaci\u00f3n de cualesquiera de los mecanismos de comunicaci\u00f3n descritos en los numerales 1, 2 y 3, el Titular no ha contactado al Responsable o Encargado para solicitar la supresi\u00f3n de sus datos personales en los t\u00e9rminos del presente decreto, el responsable y encargado podr\u00e1n continuar realizando el Tratamiento de los datos contenidos en sus bases de datos para la finalidad o finalidades indicadas en la pol\u00edtica de Tratamiento de la informaci\u00f3n, puesta en conocimiento de los titulares mediante tales mecanismos, sin perjuicio de la facultad que tiene el Titular de ejercer en cualquier momento su derecho y pedir la eliminaci\u00f3n del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"5\"><li>En todo caso el Responsable y el Encargado deben cumplir con todas las disposiciones aplicables de la Ley 1581 de 2012 y el presente decreto. As\u00ed mismo, ser\u00e1 necesario que la finalidad o finalidades del Tratamiento vigentes sean iguales, an\u00e1logas o compatibles con aquella o aquellas para las cuales se recabaron los datos personales<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Par\u00e1grafo. <\/strong>La implementaci\u00f3n de los mecanismos alternos de comunicaci\u00f3n previstos en esta norma deber\u00e1 realizarse a m\u00e1s tardar dentro del mes siguiente de la publicaci\u00f3n del presente decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 11. <em>Limitaciones temporales al Tratamiento de los datos personales<\/em><\/strong><em>. <\/em>Los Responsables y Encargados del Tratamiento solo podr\u00e1n recolectar, almacenar, usar o circular los datos personales durante el tiempo que sea razonable y necesario, de acuerdo con las finalidades que justificaron el tratamiento, atendiendo a las disposiciones aplicables a la materia de que se trate y a los aspectos administrativos, contables, fiscales, jur\u00eddicos e hist\u00f3ricos de la informaci\u00f3n. Una vez cumplida la o las finalidades del tratamiento y sin perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario, el Responsable y el Encargado de- ber\u00e1n proceder a la supresi\u00f3n de los datos personales en su posesi\u00f3n. No obstante lo anterior, los datos personales deber\u00e1n ser conservados cuando as\u00ed se requiera para el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal o contractual.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Los responsables y encargados del tratamiento deber\u00e1n documentar los procedimientos para el Tratamiento, conservaci\u00f3n y supresi\u00f3n de los datos personales de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia de que se trate, as\u00ed como las instrucciones que al respecto imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 12. <em>Requisitos especiales para el tratamiento de datos personales de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes<\/em><\/strong><em>. <\/em>El Tratamiento de datos personales de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes est\u00e1 prohibido, excepto cuando se trate de datos de naturaleza p\u00fablica, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;7\">7<\/a>\u00b0 de la Ley 1581 de 2012 y cuando dicho Tratamiento cumpla con los siguientes par\u00e1metros y requisitos:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Que responda y respete el inter\u00e9s superior de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Que se asegure el respeto de sus derechos<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>Cumplidos los anteriores requisitos, el representante legal del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente otorgar\u00e1 la autorizaci\u00f3n previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opini\u00f3n que ser\u00e1 valorada teniendo en cuenta la madurez, autonom\u00eda y capacidad para entender el asunto.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Todo responsable y encargado involucrado en el tratamiento de los datos personales de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, deber\u00e1 velar por el uso adecuado de los mismos. Para este fin deber\u00e1n aplicarse los principios y obligaciones establecidos en la Ley 1581 de 2012 y el presente decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>La familia y la sociedad deben velar porque los responsables y encargados del tratamiento de los datos personales de los menores de edad cumplan las obligaciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y el presente decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>CAP\u00cdTULO III<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Pol\u00edticas de Tratamiento<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Art\u00edculo 13. <em>Pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n. <\/em><\/strong>Los responsables del tratamiento deber\u00e1n desarrollar sus pol\u00edticas para el tratamiento de los datos personales y velar porque los Encargados del Tratamiento den cabal cumplimiento a las mismas.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Las pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n deber\u00e1n constar en medio f\u00edsico o electr\u00f3nico, en un lenguaje claro y sencillo y ser puestas en conocimiento de los Titulares. Dichas pol\u00edticas deber\u00e1n incluir, por lo menos, la siguiente informaci\u00f3n:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Nombre o raz\u00f3n social, domicilio, direcci\u00f3n, correo electr\u00f3nico y tel\u00e9fono del Responsable.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Tratamiento al cual ser\u00e1n sometidos los datos y finalidad del mismo cuando esta no se haya informado mediante el aviso de<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>Derechos que le asisten como<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li>Persona o \u00e1rea responsable de la atenci\u00f3n de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el titular de la informaci\u00f3n puede ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir el dato y revocar la autorizaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"5\"><li>Procedimiento para que los titulares de la informaci\u00f3n puedan ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir informaci\u00f3n y revocar la autorizaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"6\"><li>Fecha de entrada en vigencia de la pol\u00edtica de tratamiento de la informaci\u00f3n y per\u00edodo de vigencia de la base de<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>Cualquier cambio sustancial en las pol\u00edticas de tratamiento, en los t\u00e9rminos descritos en el art\u00edculo 5\u00b0 del presente decreto, deber\u00e1 ser comunicado oportunamente a los titulares de los datos personales de una manera eficiente, antes de implementar las nuevas pol\u00edticas.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 14. <em>Aviso de privacidad<\/em><\/strong><em>. <\/em>En los casos en los que no sea posible poner a disposici\u00f3n del Titular las pol\u00edticas de tratamiento de la informaci\u00f3n, los responsables deber\u00e1n informar por medio de un aviso de privacidad al titular sobre la existencia de tales pol\u00edticas y la forma de acceder a las mismas, de manera oportuna y en todo caso a m\u00e1s tardar al momento de la recolecci\u00f3n de los datos personales.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 15. <em>Contenido m\u00ednimo del Aviso de Privacidad. <\/em><\/strong>El aviso de privacidad, como m\u00ednimo, deber\u00e1 contener la siguiente informaci\u00f3n:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Nombre o raz\u00f3n social y datos de contacto del responsable del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>El Tratamiento al cual ser\u00e1n sometidos los datos y la finalidad del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>Los derechos que le asisten al<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li>Los mecanismos dispuestos por el responsable para que el titular conozca la pol\u00edtica de Tratamiento de la informaci\u00f3n y los cambios sustanciales que se produzcan en ella o en el Aviso de Privacidad correspondiente. En todos los casos, debe informar al Titular c\u00f3mo acceder o consultar la pol\u00edtica de Tratamiento de informaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>No obstante lo anterior, cuando se recolecten datos personales sensibles, el aviso de privacidad deber\u00e1 se\u00f1alar expresamente el car\u00e1cter facultativo de la respuesta a las preguntas que versen sobre este tipo de datos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>En todo caso, la divulgaci\u00f3n del Aviso de Privacidad no eximir\u00e1 al Responsable de la obligaci\u00f3n de dar a conocer a los titulares la pol\u00edtica de tratamiento de la informaci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en este decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 16. <em>Deber de acreditar puesta a disposici\u00f3n del aviso de privacidad y las pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n<\/em><\/strong><em>. <\/em>Los Responsables deber\u00e1n conservar el modelo del Aviso de Privacidad que utilicen para cumplir con el deber que tienen de dar a conocer a los Titulares la existencia de pol\u00edticas del tratamiento de la informaci\u00f3n y la forma de acceder a las mismas, mientras se traten datos personales conforme al mismo y perduren las obligaciones que de este se deriven. Para el almacenamiento del modelo, el Responsable podr\u00e1 emplear medios inform\u00e1ticos, electr\u00f3nicos o cualquier otra tecnolog\u00eda que garantice el cumplimiento de lo previsto en la Ley 527 de 1999.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 17. <em>Medios de difusi\u00f3n del aviso de privacidad y de las pol\u00edticas de tratamiento de la informaci\u00f3n. <\/em><\/strong>Para la difusi\u00f3n del aviso de privacidad y de la pol\u00edtica de tratamiento de la informaci\u00f3n, el responsable podr\u00e1 valerse de documentos, formatos electr\u00f3nicos, medios verbales o cualquier otra tecnolog\u00eda, siempre y cuando garantice y cumpla con el deber de informar al titular.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 18. <em>Procedimientos para el adecuado tratamiento de los datos personales<\/em><\/strong><em>. <\/em>Los procedimientos de acceso, actualizaci\u00f3n, supresi\u00f3n y rectificaci\u00f3n de datos personales y de revocatoria de la autorizaci\u00f3n deben darse a conocer o ser f\u00e1cilmente accesibles a los Titulares de la informaci\u00f3n e incluirse en la pol\u00edtica de tratamiento de la informaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 19. <em>Medidas de seguridad. <\/em><\/strong>La Superintendencia de Industria y Comercio impartir\u00e1 las instrucciones relacionadas con as medidas de seguridad en el Tratamiento de datos personales.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>CAP\u00cdTULO IV<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Ejercicio de los derechos de los titulares<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Art\u00edculo 20. <em>Legitimaci\u00f3n para el ejercicio de los derechos del titular<\/em><\/strong><em>. <\/em>Los derechos de los Titulares establecidos en la Ley, podr\u00e1n ejercerse por las siguientes personas:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Por el Titular, quien deber\u00e1 acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposici\u00f3n el<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Por sus causahabientes, quienes deber\u00e1n acreditar tal<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>Por el representante y\/o apoderado del Titular, previa acreditaci\u00f3n de la representaci\u00f3n o<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li>Por estipulaci\u00f3n a favor de otro o para<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>Los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes se ejercer\u00e1n por las personas que est\u00e9n facultadas para representarlos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 21. <em>Del derecho de acceso. <\/em><\/strong>Los responsables y encargados del tratamiento deben establecer mecanismos sencillos y \u00e1giles que se encuentren permanentemente disponibles a los Titulares con el fin de que estos puedan acceder a los datos personales que est\u00e9n bajo el control de aquellos y ejercer sus derechos sobre los mismos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>El Titular podr\u00e1 consultar de forma gratuita sus datos personales: (i) al menos una vez cada mes calendario, y (ii) cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Pol\u00edticas de Tratamiento de la informaci\u00f3n que motiven nuevas consultas.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, el responsable solo podr\u00e1 cobrar al titular los gastos de env\u00edo, reproducci\u00f3n y, en su caso, certificaci\u00f3n de documentos. Los costos de reproducci\u00f3n no podr\u00e1n ser mayores a los costos de recuperaci\u00f3n del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable deber\u00e1 demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando esta as\u00ed lo requiera, el soporte de dichos gastos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 22. <em>Del derecho de actualizaci\u00f3n, rectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n. <\/em><\/strong>En desarrollo del principio de veracidad o calidad, en el tratamiento de los datos personales deber\u00e1n adoptarse las medidas razonables para asegurar que los datos personales que reposan en las bases de datos sean precisos y suficientes y, cuando as\u00ed lo solicite el Titular o cuando el Responsable haya podido advertirlo, sean actualizados, rectificados o suprimidos, de tal manera que satisfagan los prop\u00f3sitos del tratamiento.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 23. <em>Medios para el ejercicio de los derechos. <\/em><\/strong>Todo Responsable y Encargado deber\u00e1 designar a una persona o \u00e1rea que asuma la funci\u00f3n de protecci\u00f3n de datos personales, que dar\u00e1 tr\u00e1mite a las solicitudes de los Titulares, para el ejercicio de los derechos a que se refiere la Ley 1581 de 2012 y el presente decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>CAP\u00cdTULO V<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Transferencias y transmisiones internacionales de datos personales<\/strong><\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Art\u00edculo 24. <em>De la transferencia y transmisi\u00f3n internacional de datos personales<\/em><\/strong><em>. <\/em>Para la transmisi\u00f3n y transferencia de datos personales, se aplicar\u00e1n las siguientes reglas:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Las transferencias internacionales de datos personales deber\u00e1n observar lo previsto en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/www.alcaldiabogota.gov.co\/sisjur\/normas\/Norma1.jsp?i=49981&amp;amp;26\">26 <\/a>de la Ley 1581 de<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Las transmisiones internacionales de datos personales que se efect\u00faen entre un responsable y un encargado para permitir que el encargado realice el tratamiento por cuenta del responsable, no requerir\u00e1n ser informadas al Titular ni contar con su consentimiento cuando exista un contrato en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 25<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 25. <em>Contrato de transmisi\u00f3n de datos personales<\/em><\/strong><em>. <\/em>El contrato que suscriba el Responsable con los encargados para el tratamiento de datos personales bajo su control y responsabilidad se\u00f1alar\u00e1 los alcances del tratamiento, las actividades que el encargado realizar\u00e1 por cuenta del responsable para el tratamiento de los datos personales y las obligaciones del Encargado para con el titular y el responsable.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Mediante dicho contrato el encargado se comprometer\u00e1 a dar aplicaci\u00f3n a las obligaciones del responsable bajo la pol\u00edtica de Tratamiento de la informaci\u00f3n fijada por este y a realizar el Tratamiento de datos de acuerdo con la finalidad que los Titulares hayan autorizado y con las leyes aplicables.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Adem\u00e1s de las obligaciones que impongan las normas aplicables dentro del citado contrato, deber\u00e1n incluirse las siguientes obligaciones en cabeza del respectivo encargado:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>Dar Tratamiento, a nombre del Responsable, a los datos personales conforme a los principios que los<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>Salvaguardar la seguridad de las bases de datos en los que se contengan datos<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>Guardar confidencialidad respecto del tratamiento de los datos<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><h1>CAP\u00cdTULO VI<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Responsabilidad demostrada frente al tratamiento de datos personales<\/strong><\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 26. <em>Demostraci\u00f3n. <\/em><\/strong>Los responsables del tratamiento de datos personales deben ser capaces de demostrar, a petici\u00f3n de la Superintendencia de Industria y Comercio, que han implementado medidas apropiadas y efectivas para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y este decreto, en una manera que sea proporcional a lo siguiente:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>La naturaleza jur\u00eddica del responsable y, cuando sea del caso, su tama\u00f1o empresarial, teniendo en cuenta si se trata de una micro, peque\u00f1a, mediana o gran empresa, de acuerdo con la normativa<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>La naturaleza de los datos personales objeto del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>El tipo de<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><ol start=\"4\"><li>Los riesgos potenciales que el referido tratamiento podr\u00edan causar sobre los derechos de los<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>En respuesta a un requerimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, los Responsables deber\u00e1n suministrar a esta una descripci\u00f3n de los procedimientos usados para la recolecci\u00f3n de los datos personales, como tambi\u00e9n la descripci\u00f3n de las finalidades para las cuales esta informaci\u00f3n es recolectada y una explicaci\u00f3n sobre la relevancia de los datos personales en cada caso.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>En respuesta a un requerimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, quienes efect\u00faen el Tratamiento de los datos personales deber\u00e1n suministrar a esta evidencia sobre la implementaci\u00f3n efectiva de las medidas de seguridad apropiadas:<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 27. <em>Pol\u00edticas internas efectivas<\/em><\/strong><em>. <\/em>En cada caso, de acuerdo con las circunstancias mencionadas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del art\u00edculo 26 anterior, las medidas efectivas y apropiadas implementadas por el Responsable deben ser consistentes con las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Dichas pol\u00edticas deber\u00e1n garantizar:<\/p><p>\u00a0<\/p><ol><li>La existencia de una estructura administrativa proporcional a la estructura y tama\u00f1o empresarial del responsable para la adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas consistentes con la Ley 1581 de 2012 y este<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"2\"><li>La adopci\u00f3n de mecanismos internos para poner en pr\u00e1ctica estas pol\u00edticas incluyendo herramientas de implementaci\u00f3n, entrenamiento y programas de educaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><ol start=\"3\"><li>La adopci\u00f3n de procesos para la atenci\u00f3n y respuesta a consultas, peticiones y reclamos de los Titulares, con respecto a cualquier aspecto del<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><p>La verificaci\u00f3n por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio de la existencia de medidas y pol\u00edticas espec\u00edficas para el manejo adecuado de los datos personales que administra un Responsable ser\u00e1 tenida en cuenta al momento de evaluar la imposici\u00f3n de sanciones por violaci\u00f3n a los deberes y obligaciones establecidos en la ley y en el presente decreto.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><strong>Art\u00edculo 28. <em>Vigencia y derogatorias<\/em><\/strong><em>. <\/em>El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n en el <strong><em>Diario Oficial <\/em><\/strong>y deroga las disposiciones que le sean contrarias.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/h1><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de junio de 2013.<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>SERGIO D\u00cdAZ-GRANADOS GUIDA<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>El Ministro de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones,<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>DIEGO MOLANO VEGA<em>.<\/em><\/strong><\/p><p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p><p><strong>NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48834 de junio 27 de 2013<\/strong><\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1377 DE 2013 &nbsp; (Junio 27) &nbsp; Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012. &nbsp; EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA &nbsp; En uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular las previstas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la Ley 1581 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"site-sidebar-layout":"no-sidebar","site-content-layout":"page-builder","ast-site-content-layout":"default","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"disabled","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"disabled","footer-sml-layout":"","ast-disable-related-posts":"","theme-transparent-header-meta":"default","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"default","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"class_list":["post-1398","page","type-page","status-publish","hentry"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1398","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1398"}],"version-history":[{"count":11,"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1398\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2703,"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1398\/revisions\/2703"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/twoglass.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1398"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}